La Ley española de Crédito Inmobiliario de 2019 regula la comercialización de otros productos junto a la contratación de préstamos e hipotecas y deja constancia de la no obligatoriedad de vincular los seguros de vida a esos contratos.
Pese a ello, muchos bancos aún exigen la contratación de sus productos como condición indispensable para conceder el préstamo.
Según un estudio realizado por el Consejo General de Mediadores de seguros el 66% de personas que solicitan una hipoteca o préstamo al consumo no son informados por los bancos de la posibilidad de contratar la póliza de seguro con cualquier compañía.
Incluso en el 74% de los casos la suscripción del seguro fue una condición indispensable para formalizar la concesión
Por tanto, es importante recalcar, que el cliente puede negarse ante la exigencia bancaria de contratar un seguro de vida con una aseguradora determinada para poder acceder a una hipoteca.
Recuerda, la decisión final sobre si contratar el seguro de vida, o con quién contratarlo, siempre quedará en tu mano.