Skip to main content

Si estás a punto de comprar un piso y te preguntas si tienes que contratar obligatoriamente un seguro de vida con la hipoteca, en Mutualidad Caminos despejamos tu duda. ¡Atento! 

Cuando solicitas una hipoteca, la entidad financiera te ofrecerá productos vinculados a cambio de obtener una mejora en el tipo de interés final que tienes que pagar. Uno de los productos que más ofrecen es el seguro de vida. ¿Es obligatoria la contratación cuando se firma una hipoteca? ¡Te lo contamos! 

¿Es obligatorio? 

Legalmente no. La Ley Hipotecaria prohíbe expresamente a los bancos obligar a sus clientes a contratar otros servicios junto a la hipoteca. Por eso, suelen ofrecer mejoras en el tipo de interés para que tú como cliente decidas si te conviene o no firmar un seguro de vida con ellos.  

¿Puedo dar de baja el seguro tras concederme la hipoteca? 

Sí, puedes darlo de baja contratado con el banco después de que te hayan concedido la hipoteca, pero tienes que estudiar las consecuencias, ya que en función de las condiciones de contratación del préstamo, te podrán anular las condiciones ventajosas de tu préstamo hipotecario que te ofrecieron en su momento por contratar el seguro. 

¿Cuándo puedo cancelarlo? 

Puedes cancelar el seguro de vida vinculado con la hipoteca antes de que pasen 30 días desde su activación y un mes o dos antes de la renovación automática de los seguros. 

Elige tu seguro de vida con quien quieras 

Cuando hayas podido dar de baja tu seguro de vida, contrátalo con quien quieras. En Mutualidad Caminos te ofrecemos los mejores productos garantizando la protección de los tuyos frente a las adversidades. 

Ya sabes, si estás a punto de comprar una casa y estás solicitando la hipoteca a una entidad financiera, ten en cuenta que podrás elegir vincular o no tu seguro con tu préstamo hipotecario.